EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE TULCÁN

Dando estricto cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo se pone en conocimiento el extracto de la Resolución Administrativa 001-G.G-EPMAPA-T-2023, con el contenido siguiente:

RESUELVE:

Artículo 1.- Anunciar la ejecución del Proyecto denominado: “PARQUE ECOLÓGICO DEL AGUA Y DE SANACIÓN EL PUETATE”; cumpliendo con lo previsto en el artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo.

Artículo 2.- Descripción del proyecto. – El proyecto “PARQUE ECOLÓGICO DEL AGUA Y SANACIÓN EL PUETATE”, tiene como objetivo establecer un parque Ecológico de Agua y Sanación “El Puetate” en el sector anteriormente llamado Yanguelán.

Objetivos Específicos: Recuperar los ecosistemas naturales del área del parque Ecológico del agua Sanación “El Puetate”.

-Construir infraestructura turística del parque.

-Establecer un modelo de gestión para el manejo del parque Ecológico de Agua y Sanación “El Puetate”.

Artículo 3.- Área de influencia del proyecto. – El área de intervención del proyecto se delimita a 36354.97 m2 del lote de terreno que se encuentra ubicado en el sitio denominado Yanguelán, perteneciente a la parroquia Tulcán, Cantón Tulcán, Provincia del Carchi, propiedad de María Laura Morillo Changuán y herederos.

Artículo 4.- Plazo del proyecto. – El plazo de inicio del proyecto es de 30 días, y el plazo de ejecución tendrá una duración aproximada de 240 días calendario.

Artículo 5.- Notificaciones. – A través de Secretaria General, de conformidad a lo previsto en el inciso segundo del artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo, notifíquese con el contenido de la presente Resolución, al o los propietarios del predio afectado con el proyecto denominado “PARQUE ECOLÓGICO DEL AGUA Y DE SANACIÓN EL PUETATE”; que de acuerdo a la información emitida por la Jefatura de Avalúos y Catastros; y, Dirección de Gestión Territorial del GAD Municipal de Tulcán, es la siguiente:

CLAVE CATASTRAL, PROPIETARIOS, DIRECCIÓN PREDIO

040102023801165000

Propietarios, herederos de los señores Segundo Evangelista Morillo y Beatriz Changuán Ger:

María Beatriz Morillo Changuán

María Laura Morillo Changuán

Manuel Antonio Chunez Morillo

Rosa Ana Chunez Morillo

Martha Elizabeth Chunez Morillo

Joffre Javier Chunez Morillo

Lote de terreno ubicado en el sitio denominado “Yanguelán”, perteneciente a la parroquia Tulcán, Cantón Tulcán, Provincia del Carchi.

Artículo 6.- Por medio de Secretaría General de la EPMAPA-T, hágase conocer la presente resolución a la Jefatura de Avalúos y Catastros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tulcán, así como también al Registrador de la Propiedad del Cantón Tulcán a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo.

Artículo 7.- Publicación. – Disponer a la Unidad de Comunicación Social de la EPMAPA-T, se publique la presente Resolución en el diario de mayor circulación del cantón, así como también en la página electrónica institucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. –

Dada en la ciudad de San Miguel de Tulcán a los trece días del mes de enero del año 2023.

Ing. Galo Tipaz López.

GERENTE GENERAL EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE TULCÁN “EPMAPA-T”